El Registro Oficial publicó ayer los dos acuerdos del Ministerio de Relaciones Exteriores que regulan el ingreso de los ciudadanos venezolanos al país y que fueron expedidos por la Cancillería hace un mes.


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El Registro Oficial publicó ayer los dos acuerdos del Ministerio de Relaciones Exteriores que regulan el ingreso de los ciudadanos venezolanos al país y que fueron expedidos por la Cancillería hace un mes.

El primer acuerdo establece como requisito previo al ingreso a territorio ecuatoriano la presentación del pasaporte con una vigencia mínima de seis meses antes de su caducidad a los ciudadanos de la República Bolivariana de Venezuela, a partir del 18 de agosto.

El segundo dispone que no será exigible el requisito previo para la presentación de un pasaporte válido para el ingreso al territorio ecuatoriano para los niños y adolescentes de Venezuela en calidad de turistas, transeúntes o con ánimo de radicarse en el Ecuador, siempre que ingresen acompañados con sus padres o tutor, que portarán pasaporte válido.

Sobre el requisito del pasaporte para los venezolanos, la jueza Judith Naranjo concedió el 24 de agosto la medida cauteral presentada por las defensorías del Pueblo y Pública y otras organizaciones de derechos humanos para suspender esta decisión gubernamental.

Mario Melo, del Centro de Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica, explicó que la decisión de la jueza se encuentra vigente y el acuerdo no surte efectos, aunque haya sido publicado. (I)

 


Con información de El Universo







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