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El Primer Grito de Independencia de Ecuador se celebrará este martes 10 de agosto, pero se traslada al lunes, como establece la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo o también llamada Ley de Feriados Nacionales, aprobada en el 2016 por la Asamblea Nacional.


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El Primer Grito de Independencia de Ecuador se celebrará este martes 10 de agosto, pero se traslada al lunes, como establece la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Servicio Público y al Código del Trabajo o también llamada Ley de Feriados Nacionales, aprobada en el 2016 por la Asamblea Nacional.

El feriado por el 10 de Agosto de 1809 tendrá tres días de descanso continuo este 2021. El asueto empezará el sábado 7 y se extenderá hasta el lunes 9.

Según esa norma, “cuando los días feriados de descanso obligatorio establecidos en esta Ley, correspondan al día martes, el descanso se trasladará al día lunes inmediato anterior, y si coinciden con los días miércoles o jueves, el descanso se pasará al día viernes de la misma semana. Igual criterio se aplicará para los días feriados de carácter local. Se exceptúan de esta disposición los días 1 de enero, 25 de diciembre y martes de Carnaval”.

Esto significa que el lunes no será laborable y que el retorno a las actividades en la función pública y en el sector privado se retomarán el martes.

Según esa Ley, este día de descanso no es recuperable. No habrá actividades educativas ni laborales.

Pero los servicios básicos no podrán ser interrumpidos y el sector privado se organizará, de acuerdo a su dinámica para cumplir con los servicios, por ejemplo, bancarios o financieros.

Así, los ecuatorianos disfrutarán del sexto feriado nacional de este 2021, que coincide con las vacaciones escolares de la Sierra.

 








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