Roberto G., de 29 años, acudió al Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Complejo Judicial Norte, de Quito, en busca de información y asesoría porque ya lleva dos meses sin trabajo y no ha podido cancelar las pensiones alimenticias en este lapso. Él paga una de las pensiones más bajas, $ 105 mensuales (28% […]


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Roberto G., de 29 años, acudió al Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Complejo Judicial Norte, de Quito, en busca de información y asesoría porque ya lleva dos meses sin trabajo y no ha podido cancelar las pensiones alimenticias en este lapso.

Él paga una de las pensiones más bajas, $ 105 mensuales (28% de un Salario Básico Unificado SBU, $375), porque tiene un niño de 3 años y está consciente de que al adeudar dos meses puede ir a la cárcel, aunque en esta ocasión su padre lo ayudará con el dinero.

Su sueldo era de $ 400, pero le preocupa no tener trabajo “y el tiempo vuela”, dice, al revelar que en el Juzgado le han informado que debe justificar por qué no puede cancelar las mensualidad, luego de lo cual el juez fijará la pensión mínima establecida en la tabla de pensiones alimenticias. “Casi no me rebajará nada”, afirma.

De acuerdo con la tabla de pensiones en vigencia, el cálculo se cumple con base a los ingresos de la persona que debe pagar la pensión. Por ejemplo, si los ingresos suman hasta $ 468,75, el padre deberá cancelar el 28,12% es decir $ 132 de su salario por un solo hijo de hasta 4 años. Si los ingresos del demandado suman $ 436, tendrá que pagar el 27,20% ($ 119) de su salario (por un solo vástago de la misma edad).

Si el menor tiene de 5 años en adelante, el monto asciende al 28,53%.

Por dos hijos (menores de 4 años) será el 39,67%. Para descendientes mayores a 5 años el porcentaje es de 41,72%; pero si el demandado tiene 3 o más, cancelará el 54,23% de sus ingresos.

Aunque pagaría lo mínimo, Roberto teme entrar en la lista de quienes tienen boleta de apremio o detención porque su situación se complicaría debido a que actualmente tiene otra esposa y una hija de 8 meses de nacida.

Los que pagan pensiones altas

De los aproximadamente 550.000 padres que pagan pensiones alimenticias, Roberto G. forma parte del 85% de los que cancelan hasta $ 200 mensuales, el resto paga más.

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Un 9,1% hasta $ 300; 4,5% hasta $ 600; 0,82% hasta $ 1.000; y un 0,46% montos superiores a los           $ 7.000 mensuales.

“El gran universo de pensiones alimenticias en Ecuador es pagado por personas de escasos recursos”, afirma el defensor Público, Ernesto Pazmiño, al subrayar que los que más cancelan (en montos) son los que más ingresos tienen y considera que para estos casos debe haber una regulación por parte de la Asamblea Nacional, en donde se tramita al momento una reforma al Código de la Niñez y la Adolescencia.

Para llegar al pago de una pensión de más de $ 7.000 se analizan varios factores, principalmente el tener ingresos por alrededor de $ 20.000 mensuales, hecho que es común entre gerentes de grandes empresas, banqueros, futbolistas, empresarios, entre otros.

Un caso público que llamó la atención se produjo el 2 de agosto de 2016, cuando al futbolista uruguayo del Club Barcelona, Jonathan Álvez, le notificaron que tenía una boleta de apremio por no pagar la pensión alimenticia. La página de la Función Judicial de Pichincha señala que al 19 de abril de este año, el deportista adeudaba $ 46.274,87 por más de dos meses de pensión, conforme el juicio No. 17203-2016-11093.

724.000 beneficiarios en el país  

Según el presidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Gustavo Jalkh, en el país existen 724.098 beneficiarios de pensiones alimenticias, quienes en 2016 recibieron alrededor de $ 500 millones. “Es una cifra enorme y debo decir que la gran mayoría se encuentra al día, pero también hay los incumplidos que pasan por el proceso legal pertinente”.

Se estima que de los 16.665 casos resueltos en los juzgados de la niñez y adolescencia del país entre enero y marzo de este año, menos del 10% incumplen con el pago y tienen boleta de apremio.           

La presidenta de la Comisión de Justicia de la Asamblea Nacional, Marcela Aguiñaga, considera que la responsabilidad de un alimentante no es solamente ser el proveedor económico sino también de auxiliar, criar, estar con el niño y brindarle atención en su convivencia diaria.

Este es uno de los planteamientos que ha formulado durante el trámite del proyecto de reformas al Código de la Niñez y la Adolescencia, que se cumple en esta instancia legislativa, a donde han acudido representantes de diversos sectores vinculados con la temática.

En la última sesión de la Comisión realizada la semana pasada, los asambleístas escucharon la opinión de Gayne Villagómez, de las organizaciones de Mujeres y Cepam; de  Fernando Rosero, del estudio Jurídico Rosero Rodríguez Acosta; y, de Andrés Guschmer, periodista.

Para esta semana está prevista la comparecencia de la ministra de Justicia, Rosana Alvarado, quien presentará sus observaciones.

 

Fuente: El Telégrafo








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