Felipe Ogaz, vocero del colectivo Diabluma, y, Daniela Ayala, abogada patrocinadora del pedido de revocatoria del mandato del alcalde de Quito, Mauricio Rodas, dieron a conocer que en las próximas 72 horas la Corte Constitucional decidiría si el burgomaestre capitalino es destituido de su cargo.


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Felipe Ogaz, vocero del colectivo «Diabluma» y Daniela Ayala, abogada patrocinadora del pedido de revocatoria del mandato del alcalde de Quito, Mauricio Rodas, dieron a conocer que en las próximas 72 horas la Corte Constitucional decidiría si el burgomaestre capitalino es destituido de su cargo.

Esto, después del incumplimiento de la sentencia constitucional, que le dio 45 días al Alcalde Rodas para que trate la iniciativa anti taurina, pero él respondió en 54 días.

Ogaz mencionó que la manera más legítima y potente de “sacar a este señor de la Alcaldía es que sea el pueblo de Quito el que lo saque”.

“Hemos logrado confluir varias organizaciones, creemos que todos los espacios que tienen conflicto con la Alcaldía estamos mancomunando esfuerzos, por eso nos ha tomado un poco de tiempo juntarnos y hacer acuerdos claros para que esto no sirva de plataforma política de nadie, sino para empoderar al pueblo de Quito”, sostuvo.

La semana pasada se ha firmado el acuerdo para iniciar el proceso de revocatoria en San José del Condado, en homenaje al barrio que, a criterio de Ogaz, ha resistido y logrado parar el millonario acuerdo para construir el Quito Cables.

“No es simplemente de presentar una carta al Consejo Nacional Electoral, es un trabajo que venimos realizando por más de 6 meses, de hecho, algunos compañeros mucho más tiempo, para llegar a este momento en el que tenemos los fundamentos para iniciar este procedimiento”, manifestó, de su lado, Daniela Ayala, abogada patrocinadora.

Ayala explicó que se ha iniciado la solicitud de formularios para iniciar el pedido de revocatoria del mandato del alcalde de Quito, Mauricio Rodas.

“La solicitud de revocatoria de mandato se inicia una vez que la ciudadanía presenta los formularios con las firmas de respaldo, en este proceso, previo lo que se hace es fundamentar ante el CNE las causales que llevan a esta revocatoria de mandato para que, en derecho a la defensa, el Alcalde pueda justificar o no las causales que los ciudadanos estamos invocando respecto de los incumplimientos que ha realizado”, añadió.

Dos causales han sido presentadas para impulsar el trámite: proceso con sentencia ejecutoriada en el que se determina que el Alcalde Rodas incumplió la norma de Participación Ciudadana al no cumplir con el plazo establecido en la Constitución para tramitar una iniciativa popular normativa.

“Esta sentencia, incluso, fue resuelta ante la Corte Constitucional, rechazando la acción extraordinaria de protección que presentó el Alcalde, por tanto, esta resolución se encuentra en firme”, manifestó.

La segunda causal, que resume un sinnúmero de anomalías, es el incumplimiento del Plan de Trabajo de Rodas, agregó Ayala.

“En este incumplimiento nos dimos el trabajo de revisar punto por punto de lo que Mauricio Rodas ofreció a la ciudadanía para ser Alcalde de Quito e identificamos 26 páginas de incumplimientos del Plan que ha ofrecido”, acotó.

“En este mismo momento la Corte Constitucional estudia la destitución (de Mauricio Rodas) por no saber contar”, advirtió Felipe Ogaz, quien explicó que la Sala Penal de la Corte Provincial de Pichincha le otorgó al burgomaestre 45 días a Rodas para que trate la iniciativa anti taurina, promovida por Diabluma, pero la autoridad lo hizo en 54 días.

“Este momento se arriesga a la destitución, a la revocatoria y al escarnio público de los quiteños por considerarlo el peor Alcalde de todos los tiempos, por no saber contar”, sostuvo.

La defensa de Rodas pretendió alegar que los días que él contó eran los hábiles, así lo reveló la abogada Ayala: “El tema es que pretendieron aplicar la norma procesal civil a una materia constitucional, existiendo ley constitucional que establece que para los plazos en materia constitucional, correrán todos los días”.

“En materia constitucional no se suspende la ejecución de la sentencia ni por ampliación, aclaración, ni siquiera por la revisión que puede hacer la Corte Constitucional respecto de esa sentencia, es decir, existiendo norma expresa que dice que la sentencia se cumple desde el día en que se emite, y, más aún, la sentencia estableció: contados a partir de la notificación de esta sentencia, lo dice claramente, el Alcalde, como una forma de burlarse de la ciudadanía, pretendiendo que está sobre la ley y sobre lo que le dispone un juez constitucional, alargó los tiempos hasta el punto en que estaba incumplida la disposiciones del juez constitucional”, puntualizó.

La posición del Alcalde significa el incumplimiento de la orden de una autoridad competente, que puede ser sancionado en materia penal, conforme lo establece el Código Orgánico Integral Penal, con 3 años de cárcel, dijo Ayala.

“Desde marzo del año pasado (Mauricio Rodas) planteó el descargo: teníamos más días porque así lo dice el derecho administrativo, ya hemos ganado todas las instancias en lo constitucional hasta el punto en que la Corte Constitucional rechazó su acción extraordinaria de protección, es decir, su patada de ahogado ya fue rechazado por la Corte Constitucional”, señaló.

Al ser consultado en el programa “El Poder de la Palabra” de Ecuadorinmediato.com/Radio sobre cuál es la situación legal del alcalde de Quito, Mauricio Rodas, Daniela Ayala respondió: “Estamos en una audiencia, que en estricto sentido no continúa porque la Corte suspendió para efectos de prueba por 72 horas y debe estar por retomar la audiencia constitucional, en la que se va a determinar que si una vez emitida la sentencia constitucional, que le dio los 45 días, el Alcalde incumplió la sentencia dictada por el juez constitucional”.

“El incumplimiento no se limita a un tema de si cumplió en 54 días, como alguna gente leerá, sino que, además, dentro del cumplimiento de la sentencia, una vez que lo hizo fuera del término, además, vulneró otros derechos ciudadanos como es el derecho al uso de la silla vacía, en eso, la Corte Constitucional ha sido bastante enfática, incluso, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que el cumplimiento de una sentencia no puede vulnerar otros derechos”, enfatizó.

Para la abogada, la Corte Constitucional deberá pronunciarse respecto a las otras alegaciones y también por el pedido que se ha hecho para que envíe a consultas la iniciativa popular normativa.

“La norma dice que en caso de rechazo de la iniciativa popular normativa, en vista de que se trata de un mecanismo de participación ciudadana, le dijo a la ciudadanía no, debería ya haberlo mandado, para nuestro criterio, era dentro de los 45 días que le otorgó”, indicó.

Sobre la destitución, Ogaz dijo que el Estado ecuatoriano está en un “conflicto serio” porque si se rechaza la acción, “tenemos todos los elementos para acudir a la Corte Interamericana de Justicia por no existir seguridad jurídica en el país”.

“Está la norma tan clara, es una sentencia constitucional, le da 45 días, él lo hace en 54, entonces, no hay a dónde perderse, la Sala Penal te dijo en 45 días, no tienes ningún argumento para defenderte”, subrayó.

Ogaz recalcó que el presidente de la Corte Constitucional, Alfredo Ruiz, quien está encargado del tema, para hacer una ponderación y ver cómo resuelve el tema, suspendió la audiencia de la semana pasada.

“Esta misma causal es la que nos permite hacer la revocatoria, si el CNE se atreve a negarnos los formularios, estaría violando la seguridad jurídica del país porque ya hay una sentencia ejecutoriada”, opinó.

Rodas debería estar destituido y en la cárcel, agregó Ogaz.

“El incumplimiento de una sentencia constitucional dice que la Corte Constitucional evaluará para determinar su eventual destitución, esa es la consecuencia política del incumplimiento de una sentencia”, sumó Ayala.

 



Fuente Ecuador Inmediato





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